La Prestación económica por hijo a cargo es una Prestación económica familiar que se reconoce por hijo o menor de 18 años a cargo del beneficiario, también entraran en esta prestación aquellos con hijos afectados por una discapacidad igual o superior al 65%, no importando su filiación.
¿Quienes pueden beneficiarse de esta ayuda?
• Residentes en España.
• Cuando tengas hijos menores o mayores con una discapacidad igual o superior al 65% a cargo, aunque estos estén realizando alguna actividad laboral, siempre y cuando no superen el salario mínimo interprofesional.
• No esté cobrando otras prestaciones de régimen público de protección social.
• No percibir ingresos anuales, de cualquier naturaleza, que sumen 11.519,16 euros dicha cuantía se incrementara en un 15% por cada hijo o menor acogido a cargo a partir del segundo, en el caso de hijos con discapacidad no existe limitación ingresos anuales.
• Cuando se trate de familia numerosa (mínimo 3 hijos a cargo o dos y uno de ellos con una discapacidad igual o superior al 33%) los ingreso no deben ser superiores a 17.337,05 incrementándose por cada hijo a cargo
• Otros beneficiarios, huérfanos de ambos progenitores si no se encuentran en acogimiento familiar, permanente o preadoptivo y que cumpla con los requisitos de edad o discapacidad
¿A cuanto asciende la cuantía?
La cuantía dependerá del número de hijos a cargo:
- Por un hijo a cargo: 291,00 euros anuales.
- Por dos hijos a cargo: 582,00 euros anuales.
- Por tres hijos a cargo: 873,00 euros anuales.
- por cuatro hijos a cargo: 1.164,00 euros anuales.
En aumento la cuantía en función de los hijos a cargo.
Para personas con discapacidad, la compensación económica cambia:
- Hijos o menores de 18 años con discapacidad igual o superior al 33% 1000,00 euros anuales por hijo a cargo.
- Hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 65% 4.390,80 euros anuales por hijo a cargo.
- Hijos mayores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 75% 6.586,80 euros anuales por hijo a cargo.
El pago de las cuantías se hará semestralmente en el caso de hijos a cargo a semestres vencidos en el caso de personas con discapacidad mayores de 18 años el pago sera mensual a mes vencido.
¿Durante cuanto tiempo puedo cobrarla?
La asignación económica inicialmente reconocida se percibirá mientras no se produzcan variaciones familiares que determinen su aumento, disminución o extinción.
Denegación / Extinción.
- Por fallecimiento del hijo.
- Por cumplimiento de la edad de 18 años (salvo en el caso de afectados por una discapacidad).
- Por desaparición de la discapacidad.
- Por cese de la dependencia económica del hijo (cuando los ingresos del hijo son superiores al 100% del SMI).
- Por sobrepasar, en su caso, los límites de ingresos establecidos.
¿Qué documentación debemos adjuntar?
- Documento nacional de identidad (D .N. I ) tanto de los progenitores como de los menores por los cuales se solicite la prestación.
- Documento original y fotocopias compulsadas o para proceder a su compulsar
- Certificado de empadronamiento del beneficiarios y causantes.
- Libro de familia o partidas de nacimiento expedidas por el registro civil.
- Justificantes de ingresos, documentación que acredite el nivel de rentas indicado en la solicitud.
- En el caso de separación o divorcio, sentencia judicial que acredite la situación y declaración de si se ha obtenido de su cónyuge prestación por asignación familiar por hijo a cargo.
- En el caso de separación de hecho, o si el divorcio o la separación se encuentran en tramite copia de la sentencia de separación o divorcio, copia de denuncia de abandono de hogar si procediera, testimonio de la aprobación judicial de las medidas provisionales de la guarda y custodia.
- En el caso de hijos de hijos con discapacidad en tramite de reconocimiento de la misma, titulo de discapacidad expedido por el INSERSO.
- En el caso de familias numerosas titulo de familia numerosa.
A continuación dejo los enlaces de las solicitudes correspondientes, pueden pinchar sobre ellos para descargarlos:
Solicitud de prestación por hijo o menor a cargo
Solicitud de prestación por hijo a cargo para personas jurídicas
Solicitud de prestación por hijo a cargo, supuestos especiales
Dicha documentación se presentará en la oficina que le corresponda, si desconoce a cual debe dirigirse pinche aquí
Si deseas conocer también la Prestación Económica por Adopción o Hijo a Cargo, pinche aquí