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Prestación económica por hijo a cargo

por Cristina de León

La Prestación económica por hijo a cargo es una Prestación económica familiar que se reconoce por hijo o menor de 18 años a cargo del beneficiario, también entraran en esta prestación aquellos con hijos afectados por una discapacidad igual o superior al 65%, no importando su filiación.

¿Quienes pueden beneficiarse de esta ayuda?
• Residentes en España.
• Cuando tengas hijos menores o mayores con una discapacidad igual o superior al 65% a cargo, aunque estos estén realizando alguna actividad laboral, siempre y cuando no superen el salario mínimo interprofesional.
• No esté cobrando otras prestaciones de régimen público de protección social.
• No percibir ingresos anuales, de cualquier naturaleza, que sumen 11.519,16 euros dicha cuantía se incrementara en un 15% por cada hijo o menor acogido a cargo a partir del segundo, en el caso de hijos con discapacidad no existe limitación ingresos anuales.
• Cuando se trate de familia numerosa (mínimo 3 hijos a cargo o dos y uno de ellos con una discapacidad igual o superior al 33%) los ingreso no deben ser superiores a 17.337,05 incrementándose por cada hijo a cargo
• Otros beneficiarios, huérfanos de ambos progenitores si no se encuentran en acogimiento familiar, permanente o preadoptivo y que cumpla con los requisitos de edad o discapacidad

¿A cuanto asciende la cuantía?
La cuantía dependerá del número de hijos a cargo:

  • Por un hijo a cargo: 291,00 euros anuales.
  • Por dos hijos a cargo: 582,00 euros anuales.
  • Por tres hijos a cargo: 873,00 euros anuales.
  • por cuatro hijos a cargo: 1.164,00 euros anuales.

En aumento la cuantía en función de los hijos a cargo.

Para personas con discapacidad, la compensación económica cambia:

  • Hijos o menores de 18 años con discapacidad igual o superior al 33% 1000,00 euros anuales por hijo a cargo.
  • Hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 65% 4.390,80 euros anuales por hijo a cargo.
  • Hijos mayores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 75% 6.586,80 euros anuales por hijo a cargo.

El pago de las cuantías se hará semestralmente en el caso de hijos a cargo a semestres vencidos en el caso de personas con discapacidad mayores de 18 años el pago sera mensual a mes vencido.

¿Durante cuanto tiempo puedo cobrarla?
La asignación económica inicialmente reconocida se percibirá mientras no se produzcan variaciones familiares que determinen su aumento, disminución o extinción.
Denegación / Extinción.

  • Por fallecimiento del hijo.
  • Por cumplimiento de la edad de 18 años (salvo en el caso de afectados por una discapacidad).
  • Por desaparición de la discapacidad.
  • Por cese de la dependencia económica del hijo (cuando los ingresos del hijo son superiores al 100% del SMI).
  • Por sobrepasar, en su caso, los límites de ingresos establecidos.

¿Qué documentación debemos adjuntar?

  • Documento nacional de identidad (D .N. I ) tanto de los progenitores como de los menores por los cuales se solicite la prestación.
  • Documento original y fotocopias compulsadas o para proceder a su compulsar
  • Certificado de empadronamiento del beneficiarios y causantes.
  • Libro de familia o partidas de nacimiento expedidas por el registro civil.
  • Justificantes de ingresos, documentación que acredite el nivel de rentas indicado en la solicitud.
  • En el caso de separación o divorcio, sentencia judicial que acredite la situación y declaración de si se ha obtenido de su cónyuge prestación por asignación familiar por hijo a cargo.
  • En el caso de separación de hecho, o si el divorcio o la separación se encuentran en tramite copia de la sentencia de separación o divorcio, copia de denuncia de abandono de hogar si procediera, testimonio de la aprobación judicial de las medidas provisionales de la guarda y custodia.
  • En el caso de hijos de hijos con discapacidad en tramite de reconocimiento de la misma, titulo de discapacidad expedido por el INSERSO.
  • En el caso de familias numerosas titulo de familia numerosa.

A continuación dejo los enlaces de las solicitudes correspondientes, pueden pinchar sobre ellos para descargarlos:

Solicitud de prestación por hijo o menor a cargo

Solicitud de prestación por hijo a cargo para personas jurídicas

Solicitud de prestación por hijo a cargo, supuestos especiales

Dicha documentación se presentará en la oficina que le corresponda, si desconoce a cual debe dirigirse pinche aquí

Si deseas conocer también la Prestación Económica por Adopción o Hijo a Cargo, pinche aquí

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2 comentarios

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